Lunes, Enero 19, 2026

En un año extiende plazo de poderes para cobro de beneficio de IPS

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Para beneficiar a nuestros adultos mayores y enfrentar de mejor manera la actual
contingencia, el Instituto de Previsión Social (IPS) ha tomado una medida
administrativa extraordinaria que permitirá ampliar la vigencia de los poderes
actuales, y que tenían fecha de vencimiento entre el 1 de marzo y el 31 de octubre
de 2020, en forma automática por 1 año más.

Por norma general, los mandatos de este tipo tienen una duración de 2 años y
pueden ser revocados en cualquier momento, por eso con esta iniciativa el IPS
beneficiará, especialmente, a todos los adultos mayores que hoy tienen designado
a un familiar -o cualquier otra persona de su confianza- como apoderado ante la
Institución para efectuar el cobro de sus pensiones o beneficios que les entrega el
Estado.

Autorización Nuevos Poderes

Además, existe otra disposición que se pone al alcance de la ciudadanía a partir
de ahora, como una medida de excepción que durará mientras se mantenga el
estado de emergencia. Se trata del trámite de autorización de nuevos poderes o
mandatos para el cobro de beneficios que entrega IPS, esto significa que un
adulto mayor no acude a cobrar su pensión en forma personal a un centro de
pagos sino que delega esa atribución a otra persona.

Esta gestión habitualmente y por regla también se hace en forma presencial, en
donde acude el pensionado y la persona a la que se le otorgará el poder para
retirar el beneficio a una de las sucursales y realizan el trámite, pero dadas las
circunstancias en que nos encontramos no se puede permitir que nuestros adultos
mayores salgan de sus domicilios.

Para solicitar esta autorización de nuevo poder, el apoderado deberá acudir a
una sucursal ChileAtiende y presentar las cédulas de identidad de ambas
personas, pensionado titular y apoderado. Se aceptarán carné que estén
vencidos pero sólo hasta un año. Este poder especial tendrá una duración de 6
meses a contar de la fecha en que se emita, luego de eso se deberá hacer el procedimiento normal que rige para este tipo de actos y que detallamos anteriormente.

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