Promulgan ley que crea el Registro de Ausentes por Desaparición Forzada

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El Gobierno promulgó la ley que introduce por primera vez en la legislación chilena la calificación jurídica de “ausente por desaparición forzada” y crea un registro especial para las víctimas de la dictadura. La legislación establece un reconocimiento oficial del Estado a quienes fueron víctimas de esta violación sistemática a los derechos humanos entre 1973 y 1990. La nueva ley mandata al Servicio de Registro Civil e Identificación la creación y mantención de un Registro Especial de Personas Ausentes por Desaparición Forzada.
Este registro tendrá las siguientes características:
Público y gratuito: Cualquier persona podrá consultarlo.
Electrónico y digital: Facilitará el acceso a la información.
Operativo en seis meses: El Registro Civil tiene un plazo de seis meses desde la publicación de la ley para ponerlo en funcionamiento.
La base de datos se construirá a partir de fuentes oficiales, incluyendo los informes de las comisiones de verdad, Rettig y Valech, y las sentencias judiciales firmes.
De esta manera, los familiares podrán solicitar certificados gratuitos que acrediten oficialmente la calidad de “persona ausente por desaparición forzada”.

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