Las empresas deberán compensar económica a usuarios

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Diputado Álvarez-Salamanca impulsa iniciativa que permite a consumidores reclamar compensaciones económicas por la suspensión de servicios básicos.

Una nueva iniciativa por estos días, está buscando implementar el diputado Pedro Pablo Álvarez-Salamanca Ramírez, quién explicó que “en la actualidad los servicios básicos son susceptibles de experimentar suspensiones de manera injustificada, por ello queremos que las empresas respondan ante este tipo de situaciones”.

El parlamentario maulino, presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa legal que modifica la ley que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, obligando a las empresas a rebajar de manera proporcional el monto mensual cobrado por los servicios.

La norma se aplicaría para los usuarios de servicios tales como teléfono, cable, Internet, agua o luz.

El diputado comentó que “considerando que en la actualidad los servicios básicos son susceptibles de experimentar suspensiones de manera injustificada, la idea de este proyecto es generar nuevas normas sobre protección de los derechos de los consumidores, con el objeto de establecer una compensación en favor de los usuarios de servicios básicos por la suspensión injustificada de estos últimos”.

Relacionado con este mismo tema, el representante del distrito 38 indicó que “la ley del consumidor establece una protección y resguardo, en cuanto a velar por el cumplimiento de la legislación, como asimismo asesorar a los consumidores frente a eventuales abusos de las instituciones oferentes de los bienes y servicios; por ello a través de este documento solicitamos la regulación legal que aminore los abusos que generan los cobros indebidos”.

“Queremos obligar a las empresas oferentes de servicios básicos a compensar a los usuarios económicamente los días en que el servicio estuvo suspendido, sin causa justificada”, subrayó Álvarez-Salamanca.

Por último el diputado Pedro Álvarez-Salamanca señaló que la norma propuesta en el proyecto de ley dice y establece claramente que “respecto de servicios tales como teléfono, cable, Internet, agua o luz, el usuario tendrá derecho a reclamar compensaciones económicas por la suspensión del servicio inimputable a este, evento en el cual la empresa oferente deberá proceder a la rebaja proporcional del monto mensual cobrado por tales servicios”. Concluyó Pedro Pablo Álvarez-Salamanca.

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