Conoce cuáles son los feriados irrenunciable y las excepciones de fin de año
Ante las festividades de fin de año, el Ministerio del Trabajo recordó cuáles son los feriados irrenunciables, para el comercio los días 25 de diciembre y 1 de enero, fechas en que se asegura el descanso para los trabajadores. La Ley 19.973 establece que los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas del 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del 2 de enero de 2024. Pero, ¿cuáles son las excepciones? los trabajadores del comercio que se desempeñan en: restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como; cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, clubes; locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juego legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias de turno y “tiendas de conveniencia” adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo. Para quienes no cumplan con la norma, los trabajadores pueden denunciar en el sitio web de la Dirección del Trabajo www.direcciondeltrabajo.cl y en el Call Center 600 450 4000.