Feriado Irrenunciable de Año Nuevo se iniciará el martes 31 de diciembre, a las 20:00 horas y finalizará a las 06:00 horas del jueves 2 de enero de 2020. De no cumplir con la normativa los empleadores arriesgan multas que van desde los $248.000 hasta $992.000, por cada trabajador.
Se exceptúan como trabajadores del comercio aquellos que se desempeñan en: clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret; locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
También deben trabajar los dependientes de las llamadas “tiendas de conveniencia” adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.