SAG fiscaliza cumplimiento de la ley de “Muestra y Contramuestra”

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La Ley N° 20.556 y sus reglamentos regula las transacciones comerciales de los productos agropecuarios en el mercado.En el caso del trigo, regula la venta, entrega a depósito y servicios de guarda cada vez que la transacción se realice en razón de la calidad.

CONTRAMUESTRA 2Esta normativa establece mecanismos e instrumentos que colaboran a la libre determinación de precios en las transacciones de productos agropecuarios a través de procedimientos de toma de muestras, análisis de muestras y contramuestras, cuando el precio de ellos esté subordinado a características de calidad  determinadas por el comprador.

Conforme a lo anterior, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) fiscalizó la Planta Heredia Molinos S.A. ubicada en Circunvalación Norte 2.368.

Se verificó la medición de masa o volumen de lo transado, báscula de pesaje debidamente calibrada y certificada, toma de muestra y contramuestra ajustada a lo señalado en el reglamento especial del producto, análisis de muestra en Laboratorio de ensayo inscrito en los registros del SAG, entre otros.

Para el Seremi de Agricultura, Jorge Céspedes “se ha implementado un trabajo bastante interesante con los poderes compradores de manera de ir minimizando y sensibilizando una normal y correcta operación de esta normativa”.

La autoridad informó que hasta la fecha se han cursado quince infracciones “esto porque no existe un precio publicado, no está certificado el laboratorio donde se toman las muestras asociadas a calidad y humedad y eso ha provocado que se cursen multas”.

EXIGENCIAS

La Ley de Muestra y Contramuestra obliga  a poner en conocimiento del agricultor, tanto el precio como las condiciones comerciales ofrecidas por el agroindustrial, lo que debe estar especificado en pizarra.

A la vez, el productor tiene derecho a recibir esos resultados en forma oportuna, para lo cual se le debe notificar a través de mensajería de texto y/o correo electrónico.

Sobre el particular, el Director Regional del SAG, Nicanor Cuevas, expresó  “que es importante que los productores se enteren de lo que significa la fiscalización de la Ley de muestra y contramuestra. Ellos tienen las facultades de venir a ver los procesos de pesaje, análisis en laboratorio de gluten, humedad, etc. como también recurrir en caso de disconformidad a otros laboratorios acreditados en el SAG. Esto les puede dar tranquilidad de que lo que están recibiendo, es un precio justo en función del producto que están entregando”.

El mismo cuerpo legal establece que se debe cumplir con la conservación y custodia de la contramuestra a fin de asegurar su mantención e inviolabilidad para que dirima situaciones de disconformidad por parte del agricultor respecto a los resultados de las características entregadas por el agroindustrial.

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